Specialized Customs
and Logistics Services

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¿Cómo constituir una empresa en Guatemala?

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Al iniciar su empresa en Guatemala tiene dos opciones: (1) Comerciante individual o (2) Sociedad Anónima. Para los procesos de importación y exportación, por experiencia se sugiere que se constituya una Sociedad Anónima, debido al tema de la responsabilidad civil de cada socio.

Independientemente de cuál sea su caso, a continuación encontrará la información necesaria para cada tipo de empresa.

Si su empresa es extranjera y busca instalarse en Guatemala, SEAL ofrece un servicio de Soft Landing que combina la constitución legal de la sociedad con la habilitación aduanera necesaria para iniciar operaciones de importación y exportación.

Comerciante Individual

Requisitos y pasos para la creación de la empresa

  1. En la agencia de Banrural del Registro Mercantil, comprar formulario de inscripción de Comerciante Individual y Empresa Mercantil (valor Q 10.00) o bien, descargarlo de la página www.registromercantil.gob.gt (sin costo).
  2. Llenar el formulario a máquina o computadora.
  3. Pagar en la agencia de Banrural ubicada en el Registro Mercantil o en cualquiera de las agencias de este la cantidad de Q 100.00 (hacerlo sólo si no está inscrito ya como comerciante).
  4. Presentar en ventanillas del Registro Mercantil un folder tamaño oficio con lo siguiente: (1) Formulario y comprobante de pago, (2) Fotocopia del Documento Personal de Identificación DPI del propietario o del representante legal.
  5. Recoger en ventanillas la patente o bien descargarla de la página del Registro Mercantil y adherirle la cantidad de Q 50.00 en Timbres Fiscales.
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Sociedad Anónima

Desde el año 2018, solamente necesita aportar un capital de Q 200.00 ante el Registro Mercantil de Guatemala para crear una sociedad anónima. Esto le proveerá de una Patente de Comercio, la cual sirve como un permiso ante el gobierno para poder operar y, de esta forma, vender servicios o productos.

Requisitos y pasos para la creación de empresa Sociedad Anónima

1. Descargar y llenar en la página del Registro Mercantil www.registromercantil.gob.gt 2 copias originales de la Solicitud de Inscripción de Sociedades Anónimas Mercantiles ante la Superintendencia de Administración Tributaria y El Registro Mercantil SATRM-02 (la solicitud también puede descargarse e imprimirse para llenar la información a máquina).

2. Si el capital autorizado de la sociedad a inscribirse es menor a Q 499,999.99, no paga arancel en: inscripción de la sociedad, inscripción de la primera empresa de la sociedad e inscripción del primer representante legal. Si el capital autorizado es de Q 500,000.00 o más, debe pagar un arancel del 8.50 por millar, que no excederá de Q 40,000.00, en la ventanilla de Banrural del Registro Mercantil, cualquiera de sus agencias o bien, en línea. Adicional, debe pagar lo siguiente:

  • Q 30.00 por edicto para publicación de la inscripción de la sociedad
  • Q 200.00 por publicación del edicto en la sección electrónica Edictos de la página www.registromercantil.gob.gt.

3. Si el capital de la sociedad es de Q 500,000.00 o más, pagará además Q 150.00 por la inscripción del nombramiento del representante legal de la sociedad y Q 100.00 por la inscripción de la empresa mercantil de la sociedad.

4. Presentar en la ventanilla de Sociedades Nuevas del Registro Mercantil un folder tamaño oficio con pestaña, con lo siguiente:

  • Originales de la
    solicitud SATRM-02, impresas en hojas de papel bond tamaño oficio, en las que
    se haya consignado toda la información requerida en ellas, firmadas por el
    solicitante.
  • Recibos de pago
    de los honorarios por inscripción de la sociedad, edicto, nombramiento del
    representante legal y empresa de la sociedad (si el capital autorizado es inferior
    a Q 500,000.00, sólo se presentan el recibo de pago del edicto y de la
    publicación de este).
  • Testimonio
    original de la escritura pública de constitución de sociedad y un duplicado
    debidamente firmado, sellado y numerado por el notario.
  • Acta original del
    nombramiento del representante legal nombrado en la escritura constitutiva de
    la sociedad y duplicado de la misma.
  • Original y
    fotocopia simple del documento de identificación del representante legal (DPI o
    pasaporte).

El expediente es calificado por el Departamento Jurídico. Si todo está correcto y conforme la ley, se remite al delegado de la Superintendencia de Administración Tributaria SAT en el Registro Mercantil para que asigne NIT a la sociedad. Si no hay motivos de suspensión, se inscribe la sociedad, se emite el edicto que se publicará una vez en la sección electrónica Edictos de la página www.registromercantil.gob.gt, se inscribe el nombramiento del representante legal y se razona el testimonio de la escritura.

5.En la ventanilla de Sociedades Nuevas se entrega al interesado el nombramiento del representante legal con su razón de inscripción:

  • La constancia de
    inscripción de la sociedad en el Registro Unificado Tributario RTU.
  • El testimonio de
    la escritura constitutiva de la sociedad, con la razón de inscripción en el
    Registro Mercantil.
  • Las patentes de
    sociedad y empresa.

Si se hubieren aportado bienes inmuebles o muebles identificables (incluyendo empresas mercantiles), deberá presentarse ante el Registro Mercantilla documentación que demuestre el efectivo traspaso de dominio de dichos bienes en un término de 3 meses, los cuales podrán prorrogarse por 3 meses más a petición del interesado.

6. Cuando se le entreguen en la ventanilla de Sociedades Nuevas los documentos, el interesado debe revisar cuidadosamente cada uno de ellos, verificando que los datos consignados sean los correctos y luego:  

  • Adherir Q 200.00
    de timbres fiscales en la patente de comercio de Sociedad.
  • Adherir Q 50.00
    de timbres fiscales en la patente de comercio de empresa.

Dentro de un año máximo, después de inscrita la sociedad, debe hacerse el trámite para inscribir el Aviso de Emisión de Acciones (solo para sociedades accionadas), el cual se realiza siguiendo los pasos respectivos para el aviso de emisión de acciones.


Aspectos a tomar en cuenta

Denominación: Puede formarse libremente con el agregado obligatorio de la leyenda “Sociedad Anónima”, que podrá abreviarse S. A. Si la denominación contiene el nombre de un socio fundador o los apellidos de dos o más de ellos, deberá incluir también el objeto principal de la sociedad.

Responsabilidad de los socios: Está limitada al pago de las acciones que cada accionista ha suscrito.

Aportaciones: Pueden pagarse en efectivo o en especie. Las aportaciones en efectivo deberán depositarse en un banco a nombre de la sociedad cuando estas sobrepasen la cantidad de Q.2,000.00.

Reserva legal: De las utilidades netas de cada ejercicio de toda sociedad, deberá separarse anualmente el cinco por ciento (5%) como mínimo para formar la reserva legal.

Capital: El capital está dividido y representado por acciones. El capital se divide en: 

  • Capital autorizado: Es la cantidad máxima que la sociedad puede
    emitir en acciones, puede estar total o parcialmente suscrito al
    constituirse la sociedad.
  • Capital suscrito: Al suscribir acciones los socios deben pagar por
    lo menos el 25% de su valor nominal.
  • Capital pagado: El capital pagado inicial de la sociedad anónima
    debe ser por lo menos de Q.200.00

Preguntas frecuentes

¿Hay que pagar algo para crear legalmente una empresa en Guatemala?

Sí. Como Comerciante Individual se paga Q10.00 por el formulario (o se descarga gratis en línea), Q100.00 de inscripción en Banrural y Q50.00 en timbres fiscales para la patente. Para una Sociedad Anónima, desde 2018 solo se necesita un capital mínimo de Q200.00 ante el Registro Mercantil, además de los honorarios notariales para la escritura constitutiva.

¿Qué institución autoriza la creación de una empresa en Guatemala?

El Registro Mercantil de Guatemala es la institución encargada de inscribir y autorizar tanto a Comerciantes Individuales como a Sociedades Anónimas. Sin esta inscripción, la empresa no puede operar legalmente ni emitir facturas.

¿Cuánto cuesta constituir una Sociedad Anónima en Guatemala?

Desde 2018, el capital mínimo exigido por el Registro Mercantil es de Q200.00. A esto se suman los honorarios de un notario para redactar la escritura pública de constitución, que varían según el profesional.

¿Cuál es la diferencia entre Comerciante Individual y Sociedad Anónima?

El Comerciante Individual es una persona que opera un negocio a su propio nombre, con trámites más simples y económicos. La Sociedad Anónima es una persona jurídica separada del dueño, con responsabilidad limitada al capital aportado, ideal para negocios que buscan crecer o asociarse con otros socios.

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